SNTE E INEE: LA SÚPLICA Y EL DESDÉN
Wenceslao Vargas
Márquez
Ya advertíamos aquí
hace algunas semanas (en abril) acerca de la tarjeta roja directa que el
gobierno federal enderezaba al SNTE para no darle silla numeraria y exclusiva en
la estructura del redivivo Instituto Nacional para la Evaluación de la
Educación (INEE) donde alguna vez la dirigencia nacional (Ochoa) y algún
allegado (Zebadúa, ahora en SEDESOL) tuvieron dos asientos.
A pesar de la tarjeta
roja, el 22 de mayo del año en curso, una semana después del día del maestro de
2013, el dirigente nacional del SNTE pidió en voz alta que se le otorgara al
SNTE una silla formal (no de facto) para observar de cerca el proceso de
evaluación del magisterio por el instituto.
Así lo narró un
diario en esa fecha: “Juan Díaz, presidente del SNTE, dijo en entrevista
posterior a la reunión que sostuvo con los integrantes del consejo rector del
Pacto por México, que esta solicitud no significa que pretendan
"secuestrar" al INEE o apropiarse de éste sino de llevar una
representación efectiva de los docentes. A lo que nosotros aspiraríamos es a
estar (en el INEE) y tener posibilidades de ser escuchados; de tener un asiento
en los temas que discuta el INEE. No pretendemos secuestrar o hacernos cargo
del Instituto pero sí ser escuchados. Creo que es un derecho que no sólo es una
aspiración nuestra sino que el Instituto requiere, adentro, de la voz de los
dirigentes del sindicato", sostuvo”. Hasta aquí la transcripción pero la
petición no fue escuchada en la iniciativa que el reciente 13 de agosto
presentó el ejecutivo federal:
Dice el art. 30 de la
iniciativa que el INEE estará formado por la Junta, la Presidencia, las
unidades administrativas, los órganos colegiados y la Contraloría interna. En
ninguna parte podrá sentarse el SNTE a pesar de la petición del 22 de mayo. A
la junta no podrá incorporarse quien haya sido secretario ni subsecretario de
estado, ni procurador federal ni procurador estatal de justicia, gobernador de
estado, ni senador, ni diputado federal ni local, ni dirigentes de “asociación
política, religiosa o sindical” ni presidente municipal ni gobernador ni jefe
de gobierno en los tres últimos años anteriores a su eventual nombramiento. Además
no podrá ir tampoco a la junta ningún sentenciado mediante resolución en firme
por delito doloso o inhabilitado para desempeñar un empleo, cargo o comisión en
el servicio público ni removido de algún cargo público ¡o privado! por alguna
causa que implique responsabilidad.
En el artículo 46 de
la iniciativa queda un espacio para la esperanza del solicitante pues se dice
en dos párrafos: “El instituto contará con las unidades administrativas que se
prevean en el Estatuto, cuya estructura organizacional, facultades y funciones
se establecerán en el mismo. Asimismo, podrá conformar órganos colegiados
conformados por especialistas en las materias de la competencia del Instituto,
que fungirán como instancias de asesoría y consulta”. ¿La petición del CEN del
SNTE será atendida apartando una silla en alguna de estas dos instancias, las
unidades administrativas o los órganos colegiados? Se ve muy difícil.
La súplica ni
siquiera tuvo acuse de recibo en público. Si la leyó Chuayffet seguramente fue
en la síntesis de prensa y se sintió obligado al desdén.
SNTE Sección 32 - Opción Institucional