SNTE: OTRAS DIEZ PARA ALFONSO CUARÓN
Wenceslao
Vargas Márquez.
Con la idea de que se
las haga llegar al ejecutivo y en virtud de que a Alfonso Cuarón sí le hacen
caso, es pertinente redactar diez preguntas ya no de la reforma energética sino
acerca de la reforma educativa. Como es probable que Cuarón no esté muy al
tanto del tema educativo se sugieren en el presente texto ciertos adelantos a
las respuestas para que Cuarón esté muy preparado en el momento de entregar el
sobre amarillo y para que Chuayffet y Vice-garay no lo agarren en curva. Las diez
preguntas son las siguientes:
1.- El magisterio
agrupado en el SNTE ¿sigue bajo el régimen jurídico tutelado por la Ley Federal
de los Trabajadores al Servicio del Estado (LFTSE) vigente desde 1963? ¿En todo
o en parte? ¿Para una cosas sí (como permisos con y sin sueldo o aguinaldo o sanciones
o actas administrativas) y para otra no (como inamovilidad en el empleo y la propuestas
de vacantes)? ¿O depende? Esta respuesta es fundamental. Ojalá Cuarón tome nota
detalladamente.
2.- Después de las tres
evaluaciones fallidas de las que habla la reforma educativa ¿hay para el
magisterio más salidas que las tres siguientes: 1) el cese para los contratados
antes de la ley, 2) la expulsión del grupo para ir a engrapar fotocopias, 3) el
retiro voluntario? Claramente debe saber Cuarón que no hay más salidas que
estas tres. La legislación federal y ninguna estatal contempla alguna otra. Que
no le echen el rollo mareador de que los derechos están a salvo. Veracruz no es
la excepción – donde por cierto en cierta propaganda del SNTE se festeja que la
Educación Básica está muy protegida (según) y en la que se añade como un
susurro: Que se cuiden los de Educación Media Superior (CBTis) porque ellos sí
quién sabe. Shhhhh.
3.- ¿Sigue vigente el artículo 62 de la LFTSE que
permite a los miembros de la burocracia en general y del SNTE proponer vacantes?
Debe seguir vigente porque su texto sigue escrito y esa ley no se ha derogado.
¿Cualquier docente jubilable puede pedir al SNTE que lo represente ante la SEP
o la SEV para cubrir una vacante cumpliendo requisitos?
4.- ¿Le parece justo
que los trabajadores de la Educación Media Superior federal tengan dos sueldos
separados por un 20% entre unos y otros? ¿Es correcto que haya trabajadores de
primera y de segunda dado que no hay rezonificación salarial? ¿Cómo es que se exige
calidad educativa y no se recompensa el trabajo con sueldos honorables y
uniformes? A mediados de los años 90 hubo un avance de rezonificación salarial que
pronto se interrumpió y en el que fueron beneficiados algunos trabajadores pero
nunca los del tabulador II que están (estamos) 20% lejos de los sueldos del
tabulador III.
5. ¿Le parece justo al ejecutivo que nos jubilemos con 18 mil pesos mensuales, nueve quincenales, porque la ley del ISSSTE fue redactada así en el año 2007? ¿Por qué no se rompe el techo de diez salarios mínimos para jubilaciones? Esta medida estimularía la separación del servicio del personal docente más antiguo aunando a esto el pronto diseño del retiro voluntario de que habla la ley del Servicio Profesional Docente. ¿Por qué no aunar las dos estrategias para propiciar un retiro digno al personal con muchos años de servicio? Las cuentas colectivas del ISSSTE son una ofensa.
6.- ¿Cómo es posible
que los profesores de CBTis, CBTa y CETMar repartidos por todo el país estemos
sujetos a la ley docente que pone en riesgo la estabilidad en nuestro empleo y
no estén sujetos a ella los profesores del Instituto Politécnico Nacional con
quienes estamos ‘homologados académicamente’ desde el 3 de septiembre de 1984
en virtud del Convenio de Homologación que nos hace iguales a todos en
obligaciones y derechos laborales para ingreso, promoción, reconocimiento y permanencia?
Los docentes del IPN están exceptuados de la ley docente por petición que hizo
su directora Bustamante cuando la ley se redactaba y le obsequiaron un
transitorio.
7.- ¿Los trabajadores
de Educación Media Superior (SEMS-CBTis) seguiremos teniendo el derecho que la
legislación anterior otorga de pasar de una categoría académica a otra superior
con los recursos presupuestarios disponibles en los planteles o es este otro
derecho positivo que se conculca por la nueva ley docente? Estando ya en
servicio desde antes de que entrara en vigor la ley ¿debemos participar en los
concursos nacionales para lograr un ascenso de categoría?
8.- ¿El escalafón del
que habla la LFTSE ya es letra muerta en todas sus partes y consecuencias en
virtud de la legislación aprobada en septiembre de 2013?
9.- ¿Por qué si la
nueva ley es solamente aplicable a docentes empiezan las presiones de diversa
índole al personal no docente (administrativo, manual, auxiliar) para impedirle
proponer vacantes?
10.- ¿Le parece justo
pagar con el cese o expulsión de las aulas (a engrapar fotocopias) a los
electores magisteriales que votaron por el nuevo PRI y que acudieron a
Misantla, Veracruz, a recibirle el 15 de mayo de 2012, justamente en el emblemático
día del maestro?
Alfonso Cuarón debe notar que todas estas preguntas son de mucha Gravedad (sic). Si desconfiara de la urbanidad de Chuayffet o Vice-garay le pedimos el favor de que como sea lleve el sobre, toque el timbre, deje el sobre en el umbral y salga corriendo pues ya sabemos que a los dos supradichos todas las preguntas incómodas les indignan.
SNTE Sección 32 Opción Institucional.