REFORMA EDUCATIVA: LAS
LAGUNAS
Wenceslao Vargas Márquez
La reforma educativa (2013) tiene lagunas en cuanto a su implementación
en el nivel educativo de la educación media superior – esto, por supuesto, sin
mencionar el caso Oaxaca.
Se ha mencionado desde este espacio que a pesar de que toda la educación
media superior del país está “homologada” desde el año de 1984, ha resultado
–como decía una abuela mía- que unos están más homologados que otros pues es el
caso que mediante un artículo transitorio, el 20 de la Ley General del Servicio
Profesional Docente (LGSPD), la educación media superior del Instituto
Politécnico Nacional (IPN) quedaba fuera de las consecuencias más funestas de
la LGSPD como son sufrir los parámetros e indicadores del INEE y ser expulsados
del salón de clases a la tercera evaluación fallida.
Ninguna de estas dos consecuencias preocupa a los colegas del IPN. Desde
septiembre de 2013 quedó esta excepción así. Un largo año después se confirma
el hecho. Se suspendió el reglamento interno del IPN de septiembre de 2014,
refutado por alumnos y causa del conflicto que obligó al secretario de
Gobernación, Osorio, a atenderlos en la calle. Nótese la parte dedicada a los
docentes en el documento donde el INEE y la expulsión no forman parte:
“Artículo 18. La organización de
la práctica docente deberá garantizar el cumplimiento de los planes y programas
de estudio y del trabajo colegiado, entre otros, de acuerdo con la normatividad
aplicable. El Instituto deberá desarrollar y aplicar los perfiles, parámetros e
indicadores que sirvan de referente para la buena práctica profesional, mismos
que deberán ser revisados de manera periódica. Artículo 19. El ingreso
del personal académico
se llevará a
cabo mediante convocatorias
abiertas y concursos de oposición”.
“Artículo 20. El perfil del personal académico deberá describir las
características, requisitos, cualidades o aptitudes que deberá tener el
aspirante para ocupar una plaza de cada nivel, modalidad, programa de estudios
o unidad de aprendizaje. Artículo 21. El personal académico en su práctica
docente se organizará en cuerpos colegiados, conforme a la normatividad
aplicable. Artículo 22. El Instituto promoverá permanentemente la formación,
actualización, desarrollo y evaluación del personal académico, impulsando su superación en
función de las necesidades institucionales”.
“Artículo 23. Con el propósito de consolidar las capacidades y de
mantener la calidad y excelencia, el
personal académico deberá participar en las acciones de formación y
evaluación, en la forma y términos que
determine el Instituto. Artículo 24. La evaluación del personal académico del
Instituto se realizará a través de perfiles, parámetros, indicadores e
instrumentos que permitan medir su calidad, de acuerdo a la normatividad
aplicable. Artículo 25. El Instituto contará, en función de su disponibilidad
presupuestal, con sistemas de becas y estímulos para el personal académico,
basado en la evaluación del desempeño”. Hasta aquí la transcripción. Como se
ve, el INEE y las expulsiones brillan por su ausencia. El IPN, no autónomo
hasta la fecha, no forma parte de la reforma educativa y menos ahora que este
reglamento fue anulado en la plaza pública por el propio secretario de
Gobernación, megáfono en mano.
Otro es el caso de las ‘prepas’ del Distrito Federal que dependen del
Instituto de Educación Media Superior (IEMS) y se agrupan en el Sindicato Único
de Trabajadores del IEMS, por sus siglas SUTIEMS. Ellas estallaron una huelga
que concluyó hace dos semanas y que obligó a las autoridades educativas del DF
a firmar, entre otras cosas, lo siguiente:
“Décimo séptimo: En relación a la convocatoria en la página de la
SEP e INEE se hará un pronunciamiento conjunto en el sentido de que el Gobierno
de la Ciudad mantendrá su política de elevar el ingreso real de los
trabajadores de la ciudad y en particular de dar seguridad laboral a los
trabajadores del GDF así como defender los derechos a la educación y laborales
conquistados y plasmados en las leyes de la ciudad y, en el marco de cualquier
modificación legislativa o de la reforma política del DF que nos lleve a tener
una Constitución propia, mantendremos una coordinación con el SUTIEMS y con la
comunidad del IEMS para que cualquier cambio que se promueva desde el GDF no
afecte los derechos laborales, en particular los derechos establecidos en el
contrato colectivo, o el modelo educativo del IEMS. En este contexto, el 1º de
octubre a las 17 hrs se instalará una mesa de trabajo entre la Secretaría de
Gobierno, la Secretaria de Educación y el SUTIEMS (a la cual se invitará a la
ALDF y a otras instituciones que se considere necesarias) para acordar las
acciones públicas que fortalezcan el modelo educativo y garanticen los derechos
laborales de los trabajadores del IEMS”.
Esta
cláusula del convenio ha sido celebrada por el SUTIEMS como un triunfo que
cancela la reforma educativa en sus escuelas preparatorias. La Sección 60 del
SNTE que representa a los trabajadores del IPN y el SUTIEMS que representa a
las prepas del DF tienen un espacio de respiro, quizá no definitivo, pero que
les permite luchar por los derechos escritos en las leyes. La insidiosa (en el
sentido etimológico: aparentemente inofensiva, pero malvada) pregunta final es
la siguiente:
¿Y los CBTis qué?
SNTE Sección
32 Opción Institucional