domingo, 12 de octubre de 2014

REFORMA EDUCATIVA: LAS LAGUNAS * Wenceslao Vargas Márquez



REFORMA EDUCATIVA: LAS LAGUNAS
Wenceslao Vargas Márquez
La reforma educativa (2013) tiene lagunas en cuanto a su implementación en el nivel educativo de la educación media superior – esto, por supuesto, sin mencionar el caso Oaxaca.
Se ha mencionado desde este espacio que a pesar de que toda la educación media superior del país está “homologada” desde el año de 1984, ha resultado –como decía una abuela mía- que unos están más homologados que otros pues es el caso que mediante un artículo transitorio, el 20 de la Ley General del Servicio Profesional Docente (LGSPD), la educación media superior del Instituto Politécnico Nacional (IPN) quedaba fuera de las consecuencias más funestas de la LGSPD como son sufrir los parámetros e indicadores del INEE y ser expulsados del salón de clases a la tercera evaluación fallida.
Ninguna de estas dos consecuencias preocupa a los colegas del IPN. Desde septiembre de 2013 quedó esta excepción así. Un largo año después se confirma el hecho. Se suspendió el reglamento interno del IPN de septiembre de 2014, refutado por alumnos y causa del conflicto que obligó al secretario de Gobernación, Osorio, a atenderlos en la calle. Nótese la parte dedicada a los docentes en el documento donde el INEE y la expulsión no forman parte:
 “Artículo 18. La organización de la práctica docente deberá garantizar el cumplimiento de los planes y programas de estudio y del trabajo colegiado, entre otros, de acuerdo con la normatividad aplicable. El Instituto deberá desarrollar y aplicar los perfiles, parámetros e indicadores que sirvan de referente para la buena práctica profesional, mismos que deberán ser revisados de manera periódica. Artículo 19.  El ingreso  del  personal  académico  se  llevará    a  cabo  mediante convocatorias abiertas y concursos de oposición”.
“Artículo 20. El perfil del personal académico deberá describir las características, requisitos, cualidades o aptitudes que deberá tener el aspirante para ocupar una plaza de cada nivel, modalidad, programa de estudios o unidad de aprendizaje. Artículo 21. El personal académico en su práctica docente se organizará en cuerpos colegiados, conforme a la normatividad aplicable. Artículo 22. El Instituto promoverá permanentemente la formación, actualización, desarrollo y evaluación del personal   académico, impulsando su superación en función de las necesidades institucionales”.
“Artículo 23. Con el propósito de consolidar las capacidades y de mantener la calidad y excelencia, el  personal académico deberá participar en las acciones de formación y evaluación, en la forma y términos  que determine el Instituto. Artículo 24. La evaluación del personal académico del Instituto se realizará a través de perfiles, parámetros, indicadores e instrumentos que permitan medir su calidad, de acuerdo a la normatividad aplicable. Artículo 25. El Instituto contará, en función de su disponibilidad presupuestal, con sistemas de becas y estímulos para el personal académico, basado en la evaluación del desempeño”. Hasta aquí la transcripción. Como se ve, el INEE y las expulsiones brillan por su ausencia. El IPN, no autónomo hasta la fecha, no forma parte de la reforma educativa y menos ahora que este reglamento fue anulado en la plaza pública por el propio secretario de Gobernación, megáfono en mano.
Otro es el caso de las ‘prepas’ del Distrito Federal que dependen del Instituto de Educación Media Superior (IEMS) y se agrupan en el Sindicato Único de Trabajadores del IEMS, por sus siglas SUTIEMS. Ellas estallaron una huelga que concluyó hace dos semanas y que obligó a las autoridades educativas del DF a firmar, entre otras cosas, lo siguiente:      
“Décimo séptimo: En relación a la convocatoria en la página de la SEP e INEE se hará un pronunciamiento conjunto en el sentido de que el Gobierno de la Ciudad mantendrá su política de elevar el ingreso real de los trabajadores de la ciudad y en particular de dar seguridad laboral a los trabajadores del GDF así como defender los derechos a la educación y laborales conquistados y plasmados en las leyes de la ciudad y, en el marco de cualquier modificación legislativa o de la reforma política del DF que nos lleve a tener una Constitución propia, mantendremos una coordinación con el SUTIEMS y con la comunidad del IEMS para que cualquier cambio que se promueva desde el GDF no afecte los derechos laborales, en particular los derechos establecidos en el contrato colectivo, o el modelo educativo del IEMS. En este contexto, el 1º de octubre a las 17 hrs se instalará una mesa de trabajo entre la Secretaría de Gobierno, la Secretaria de Educación y el SUTIEMS (a la cual se invitará a la ALDF y a otras instituciones que se considere necesarias) para acordar las acciones públicas que fortalezcan el modelo educativo y garanticen los derechos laborales de los trabajadores del IEMS”.
Esta cláusula del convenio ha sido celebrada por el SUTIEMS como un triunfo que cancela la reforma educativa en sus escuelas preparatorias. La Sección 60 del SNTE que representa a los trabajadores del IPN y el SUTIEMS que representa a las prepas del DF tienen un espacio de respiro, quizá no definitivo, pero que les permite luchar por los derechos escritos en las leyes. La insidiosa (en el sentido etimológico: aparentemente inofensiva, pero malvada) pregunta final es la siguiente: 
¿Y los CBTis qué?
SNTE Sección 32 Opción Institucional