domingo, 4 de enero de 2015

ESPAÑA: ESCUELA NUEVA * Wenceslao Vargas Márquez



ESPAÑA: ESCUELA NUEVA
Wenceslao Vargas Márquez

Año nuevo, secundaria y prepa nuevas. España nace al año 2015 con la secundaria y el bachillerato ‘renovados’ después de un año de haberse creado la Ley Orgánica para la Mejora de la Calidad de la Educación,  LOMCE, en diciembre de 2013. Ha ido despacio la implementación.

Un año después, en el reciente diciembre de 2014, ha salido a la luz el Boletín Oficial del Estado con la reglamentación del funcionamiento del nuevo bachillerato y de la nueva secundaria. Importa ver las razones del cambio, que son las de corte internacional y que aplastan las determinaciones locales de los Estados. Leamos el origen y la justificación del lamentable enfoque educativo ‘por competencias’ en los párrafos 8 y siguientes del Texto. ¿Qué se puede añadir?:

“En línea con la Recomendación 2006/962/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 18 de diciembre de 2006, sobre las competencias clave para el aprendizaje permanente, este real decreto se basa en la potenciación del aprendizaje por competencias, integradas en los elementos curriculares para propiciar una renovación en la práctica docente y en el proceso de enseñanza y aprendizaje. Se proponen nuevos enfoques en el aprendizaje y evaluación, que han de suponer un importante cambio en las tareas que han de resolver los alumnos y planteamientos metodológicos innovadores. La competencia supone una combinación de habilidades prácticas, conocimientos, motivación, valores éticos, actitudes, emociones, y otros componentes sociales y de comportamiento que se movilizan conjuntamente para lograr una acción eficaz. Se contemplan, pues, como conocimiento en la práctica, un conocimiento adquirido a través de la participación activa en prácticas sociales que, como tales, se pueden desarrollar tanto en el contexto educativo formal, a través del currículo, como en los contextos educativos no formales e informales.
(…) “Se adopta la denominación de las competencias clave definidas por la Unión Europea. Se considera que «las competencias clave son aquellas que todas las personas precisan para su realización y desarrollo personal, así como para la ciudadanía activa, la inclusión social y el empleo». Se identifican siete competencias clave esenciales para el bienestar de las sociedades europeas, el crecimiento económico y la innovación, y se describen los conocimientos, las capacidades y las actitudes esenciales vinculadas a cada una de ellas”.

Igual ocurre en México. Las competencias clave allá, son las competencias básicas aquí. Las multicitadas y lamentables ‘competencias’ parece que llegaron para quedarse. Mutatis mutandis, los párrafos del decreto español son los párrafos de los decretos mexicanos que han dado al traste con la educación desde la reforma educativa 2013 y desde antes, desde los sexenios federales panistas que metieron las mercantiles y empresariales ‘competencias’ en la educación mexicana. En México el PAN, en España el Partido Popular (PP), de la misma línea ideológica.

El artículo 2 del real decreto define puntualmente lo que es una Competencia. Es un conjunto de “capacidades para aplicar de forma integrada los contenidos propios de cada enseñanza y etapa educativa, con el fin de lograr la realización adecuada de actividades y la resolución eficaz de problemas complejos”. Como el discurso transnacional es el mismo, el art. 7 dicta, igual que en México, la Autonomía de los Centros Docentes. En el 8 se toca el tema de los datos personales, como en México.

¿Qué persigue ahora la educación secundaria española? “Lograr que los alumnos y alumnas adquieran los elementos básicos de la cultura, especialmente en sus aspectos humanístico, artístico, científico y tecnológico; desarrollar y consolidar en ellos hábitos de estudio y de trabajo; prepararles para su incorporación a estudios posteriores y para su inserción laboral y formarles para el ejercicio de sus derechos y obligaciones en la vida como ciudadanos”. La calificación corre del 1 al 10 y con 5 es suficiente para superar el curso dice el art.21 y lo repite el 23. ¿Qué objetivo tiene el bachillerato español? Lo dice el art. 24: “Tiene como finalidad proporcionar al alumnado formación, madurez intelectual y humana, conocimientos y habilidades que les permitan desarrollar funciones sociales e incorporarse a la vida activa con responsabilidad y competencia. Asimismo, capacitará al alumnado para acceder a la educación superior”. Y la ‘competencia’ otra vez.


Los resultados de la evaluación se expresarán en la Secundaria mediante una calificación numérica, sin emplear decimales, en una escala de 1 a 10, que irá acompañada de los siguientes términos: Insuficiente (IN), Suficiente (SU), Bien (BI), Notable (NT), Sobresaliente (SB), aplicándose las siguientes correspondencias: Insuficiente: 1, 2, 3 o 4; Suficiente: 5; Bien: 6; Notable: 7 u 8; Sobresaliente: 9 o 10. En Bachillerato, los resultados se expresarán mediante calificaciones numéricas de cero a diez sin decimales, y se considerarán negativas las calificaciones inferiores a cinco. Cuando el alumnado no se presente a las pruebas extraordinarias se consignará No Presentado (NP).

Con tradición histórica distinta a la del México laico, la española LOMCE dispone de la enseñanza de la Religión (no obligatoria) y se reglamenta su enseñanza con tratados firmados con la iglesia católica y otras confesiones. En España se publicó la transformación de la educación española este 3 de enero de 2015 con un discurso idéntico al de las transformaciones mexicanas pues ese discurso es transnacional. En España, firmó el decreto el rey. ¿Y en México?
También el rey.
Twitter @WenceslaoXalapa