VETADA, LA OBSERVACIÓN DOCENTE EN EL AULA
Wenceslao Vargas
Márquez
El proceso de la
evaluación docente dentro de la reforma educativa mexicana comenzó, para el año
escolar en curso, en el mes de marzo de 2015. En ese mes, el 26 de marzo, se
publicaron por parte del INEE el quinto de sus Lineamientos, éste para orientar
la evaluación del desempeño de quienes realizan funciones de docencia,
dirección y supervisión en Educación Básica y Media Superior. Inteligentemente,
el INEE le colocó las atinadas siglas LINEE-05-2015.
En las definiciones
contenidas en estos Lineamientos, dentro de su artículo 3, se puede hallar en
el romanos IX la definición del término ‘Criterios
técnicos’. Son, según el INEE, ‘los criterios para
la validación de la idoneidad
de los parámetros
e indicadores: congruencia, pertinencia, suficiencia, generalización y
claridad’ para efecto evaluador.
Fue hasta 8
meses después, el 5 de noviembre, que el INEE firmó (y publicó el viernes 13
del mismo mes en el Diario Oficial de la Federación), por fin, los ‘Criterios
Técnicos y de Procedimiento para el análisis de los
instrumentos de evaluación, el proceso de calificación y la emisión de
resultados de la evaluación del desempeño de quienes realizan funciones
de docencia en Educación Básica y Media Superior’. Esta larga parrafada puede
reducirse a que son los criterios para calificar, para evaluar el desempeño de
los docentes en servicio durante el año escolar 2015-16, y hasta entonces
supimos qué contaba y qué no para la calificación docente.
Nos sorprendió el INEE el viernes 13 con que la etapa 1 de Informe de
Responsabilidades Profesionales (IRP) no cuenta y que de las tres etapas restantes (increíblemente, por ir a contrapelo del
discurso tanto de Chuayffet como de Nuño) con sustentar una sola etapa basta
para no ser cesado. Se inconformaron de inmediato los grupos de la ultraderecha
empresarial que siguen pidiendo que corran riachuelos de sangre en la inmarcesible
arena; se sorprendieron; créanme que yo también.
Toda la reforma educativa descansa en definiciones: ¿Y qué es evaluación
del desempeño? La definición XIII del artículo 3 de los Lineamientos de marzo de
2015 lo explica como ‘la acción
realizada para medir
la calidad y
resultados de la
función docente, directiva, de
supervisión, de Asesoría Técnica Pedagógica
o cualquier otra
de naturaleza académica’. De esta
forma, las actividades que en el estado de Veracruz se están realizando en una
arena del puerto jarocho y en un gimnasio de Xalapa están encaminadas a ‘medir
la calidad y resultados’ de la función docente. En estas instalaciones se está
aplicando la tercera etapa de la evaluación que se constituye de exámenes de
conocimientos a docentes.
¿De verdad esos únicos instrumentos
son suficientes parta medir calidad y resultados? No son pocos los especialistas
en educación que responden a esta pregunta con un no rotundo. No es posible
evaluar, medir calidad y resultados, valorar, toda la compleja actividad de un
docente frente a grupo con tres o cuatro etapas resueltas a la distancia vía
Internet en pruebas de opción múltiple. Queda observar al docente en su salón.
El INEE expresamente ha desechado
la modalidad de observar in situ al
docente, observarlo en su contexto, que para los especialistas y para muchos
docentes es la mejor o única manera de hacer bien una evaluación de tanta
trascendencia. El INEE tiene oficialmente reservas, y en congruencia con ellas
ha desechado la observación en clase a pesar de múltiples recomendaciones en
ese sentido.
Leo uno de los más recientes análisis
en favor de la observación en aula en las conclusiones del Segundo Congreso
Latinoamericano de Evaluación y Medición Educacional (Colmee, por su acrónimo) organizado
por el propio INEE en el reciente marzo de 2015. El trabajo se titula ‘Valoración
de la observación de clase como técnica de evaluación del desempeño docente en
México’ y es una defensa de la observación en el aula y que la propia Schmelkes
ha reconocido como exigencia de los docentes. A pesar de ello, el INEE ha
manifestado su posición indeclinable a no usarla.
En la edición número 2 de la oficial
Gaceta del INEE correspondiente a los meses de julio-octubre de 2015 nada menos
que una consejera del propio INEE abordó el tema. Se trata de Margarita
Zorrilla Fierro quien en una colaboración para la edición (con el título ‘El
desafío de la Reforma en la educación: Observación de la práctica docente en el
aula’) anotó, en resumen, que el tema no está en la agenda.
Recordó que el art. 14 fracción
II de la Ley General del Servicio Profesional Docente obliga al INEE a ‘medir’ ocho
áreas mediante perfiles parámetros e indicadores en el
caso de la función docente: 1) la planeación, 2) el dominio de los contenidos, 3)
el ambiente en el aula, 4) las prácticas didácticas, 5) la evaluación de
los alumnos, 6) el logro de aprendizaje de los alumnos, 7) la colaboración
en la Escuela y 8) el diálogo con los padres de familia o tutores.
Estas
ocho áreas deben medirlas necesariamente las cuatro etapas (o cinco en el caso de
inglés) en que los docentes de México estamos sometidos desde hace un par de
meses. El dominio de contenidos se supone que se está midiendo entre policías
en la citada arena del puerto y en el gimnasio de Xalapa. ¿Y los otros siete?
La planeación, mis 200 días de asistencia a clases, la colaboración en la
escuela, se suponen evaluados por el IRP - pero no valen según el aviso del
INEE del 13 de noviembre que ya comentamos.
Parece
obvio que para medir los ocho es imprescindible al visita al aula pero el INEE
dice que no. Veta el INEE la opción. Dice Zorrilla Fierro que ellos están
valorando un modelo para aplicación futura basándose el INEE en dos modelos
norteamericanos: El sistema Stallings de uso en el Distrito Federal, de raíces
industriales y taylorianas, y el sistema Class (Classroom Assessment Scoring System). De los dos modelos
gringos quieren hacer uno mexicano pero para fines estrictamente formativos y de uso
para los tutores del personal del nuevo ingreso. Nada dice en su ensayo la
doctora consejera de usar el modelo (cuando se tenga) para fines de la
evaluación docente con efectos en la permanencia.
Otros
documentos del INEE reiteran el rechazo expreso a la observación del docente en
el aula de manera que este instrumento sigue vetado. ¿Lo usará el INEE en algún
momento del futuro inmediato? La respuesta es de nuevo no. Para el ciclo
escolar actual los docentes estamos aglutinados en dos grupos por única
ocasión. En los dos ciclos escolares que vienen (los dos últimos de Peña Nieto
y Nuño Mayer) deberá hacerse la evaluación en un solo grupo en cada ocasión,
durante febrero-mayo de 2017 y febrero-mayo de 2018 (art. 6 de los Lineamientos
de marzo de 2015).
Dice
también el penúltimo párrafo del largo artículo 6 de los multicitados Lineamientos
que la
evaluación docente de los ciclos escolares 2015-16, 2016-17 y 2017-18 se hará en
condiciones idénticas y con los mismos criterios, fases, procedimientos e instrumentos
de evaluación para cada grupo de Personal con funciones de docencia, dirección y
supervisión en Educación Básica que participe.
El veto a la observación en el
aula parece ser un veto sexenal.
@WenceslaoXalapa